El Grupo de Estudio de Protección Radiológica de SPR habla sobre RDC nº 330

Posted on: 2020-02-17

La primera reunión de 2020 del Grupo de Estudio de Protección Radiológica de SPR se celebró el 3 de febrero. El fisico Renato Dimenstein leyó y habló sobre la Resolución brasileña RDC  nº 330, publicada en la Gaceta Oficial Federal, 26 de diciembre de 2019, por la Dirección Colegiada de la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (ANVISA).

Esta es una revocación de la Ordenanza SVS/MS nº 453, del 1 de junio de 1998 y Resolución Anvisa/RE nº 1016, del 3 de abril de 2006, que proporcionan pautas básicas para la protección radiológica en radiodiagnóstico médico y dental, y en radiografías en todo el territorio nacional. Ella dice que se aplica a los servicios de derecho privado, legal e individual: brinda pautas contra el uso de radiación ionizante o no, tanto para la enseñanza, la investigación y la salud humana.

“Tiene un marco interesante, un texto básico y todas las disposiciones. Su objetivo es establecer los requisitos sanitarios para la organización y operación de los servicios de radiología y regular el control de las exposiciones médicas, ocupacionales y públicas derivadas del uso de tecnologías radiológicas de diagnóstico o de intervención”, dijo Dimenstein. Colgando de él, hay instrucciones normativas (IN): para RM, ultrasonido, etc. En estos IN, hay una descripción de lo que se requiere y los límites de referencia. En ese momento, leyó la resolución y utilizó un ejemplo, el del TC.

Las Instrucciones Normativas RDC 330 deben adoptarse cuidadosamente en términos de límites de rendimiento para sistemas radiológicos. Algunos parámetros sugeridos por el IE pueden diferir de la literatura.

El físico hizo hincapié en algunos extractos, como el del Artículo 3, en el que el responsable legal de la institución debe designar formalmente a un profesional calificado para asumir la responsabilidad de los procedimientos radiológicos de cada sector de radiología diagnóstica o intervencionista.

Además, aclaró que ella recomienda que las pruebas de aceptación se realicen inmediatamente después de ensamblar el equipo, y que las características informadas por el fabricante deben ser muy similares cuando realice la prueba.

Entre las prohibiciones, el Artículo 83 establece: “El sistema para controlar la duración de la exposición a los rayos X debe ser del tipo electrónico y no debe permitir una exposición que dure más de 5 (cinco) segundos, excepto en fluoroscopia, radiología intervencionista, tomografía computarizada y radiología dental extraoral“.

Punto importante: ¿quién es el profesional que debería usarlo o aplicarlo? “De acuerdo con la ley de SPR, el profesional en cada sector debe ser designado por el gerente técnico de la institución”, dijo Dimenstein.

Consulte el documento completo en portugués: http://www.in.gov.br/en/web/dou/-/resolucao-rdc-n-330-de-20-de-dezembro-de-2019-235414748?inheritRedirect=true.

"Promote through education safe diagnostic imaging in Latin America with emphasis on radiological protection"

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